DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Defensora Pública Nª 19, Adscrita A LA Unidad de Defensoría Pública de este Circuito Judicial Penal, Abogada VIOLETA ECHETO MAS Y RUBÍ, quien actúa en su carácter de defensora del imputado PLACIDO GARCÍA, contra la decisión N° 1189-05, de fecha Quince de Agosto de 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control, Nª 11, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se decretó la imposición de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado antes mencionado, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia se REVOCA tal medida y se DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, .....