DEL DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el sobreseimiento de la presente solicitud de TÍTULO SUPLETORIO propuesta por los ciudadanos Griseida Maily Martínez y Luis Jiménez Gutiérrez, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad números 11.662.181 y 13.957.593,respectivamente, a propósito de la oposición opuesta por el ciudadano Edgar José Osorio Pirela, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad 2.882.331, de conformidad con el artículo 901 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía, en sede especial agraria.