Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL intentó el ciudadano WILFREDO JOSE VELASQUEZ VILLARROEL, ya identificado, contra la ciudadana RAIMA CHIQUINQUIRA LEON GONZALEZ, también identificada, en consecuencia, una vez quede firme la presente decisión, éstas quedan emplazadas para el décimo (10°) día de despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de llevar a cabo el nombramiento del partidor correspondiente a la división de los siguientes bienes:
1) El inmueble constituido por una casa-quinta y su parcela de terreno, signado con el Nº 81-22, ubicado en la avenida 85, entre calles 81 y 82, primera etapa de la urbanización La Rotaria, marcada con el Nº 247 en .....