En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus VÍCTOR SIMÓN TELLES ORDOÑEZ, a los ciudadanos YSABEL MARÍA GONZÁLEZ DE TELLES, JONATHAN JECKSON TELLES GONZÁLEZ y VICTOR JOSÉ TELLES GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-7.760.583, V-15.752.394 y V-17.830.213, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Expídanse seis (06) copias certificadas de la presente declaración a los fines de que sean entregadas a la parte requirente.
LA JUEZ,
Ab.....