DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO : LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO en la presente causa a favor del acusado a favor del ciudadano LARRY ALBERTO VILLALOBOS, Venezolano, mayor de edad, estado civil concubino, titular de la cédula de identidad No 13.414.861, fecha de nacimiento 08/06/1968, de profesión Albañil, hijo de ELBA VILLALOBOS Y PADRE DESCONOCIDO, residenciado en el Barrio Chiquinquirá, calle 79 A, casa N° 144 A -40, parroquia Venancio pulgar, sector los tres locos, cerca del abasto el Mocho, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, conforme a lo establecido en el Artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de V.....