Vista y revisada como ha sido la transacción acordada en fecha cuatro (4) de Agosto de 2008 por la abogada en ejercicio Norcy Carolina González Rodríguez, inscrita en el INPREABOGADO bajo los Nº 128.643, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ASISTENCIA AUTOMOTRIZ, C.A. (ASIAUTO, C.A.) representación que se evidencian de instrumentos poder que se encuentran agregados a las actas y el abogado José Pérez Padilla, inpreabogado N° 124.151 en su condición de apoderado judicial asistiendo a el ciudadano SAMUEL JOSE HURTADO MONTEROSA en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO.