Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
a) CON LUGAR la demanda de QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA seguida por las ciudadanas MARIA LUISA VERA y ROXANA CAROLINA VERA, en contra de los ciudadanos DISMARI MOROS, ANDERSON GARCIA, JORGE MORILLO, NELITZA NUÑEZ, IVAN GARCIA, XIOSJEIRY VARGAS y EDUARDO MEJIAS, plenamente identificados en actas.
b) Firme en todas sus partes la medida de Secuestro decretada en fecha treinta (30) de noviembre de 2009 por este Tribunal, y ejecutada en fecha veintisiete (27) de enero del año 2010, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; la cual resguarda la posesión .....