DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara en Estado de Ejecución la sentencia dictada por el Tribunal 1° de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas en contra del penado JOHAN ANTONIO VELIZ, titular de la cédula de identidad Nro.18.216.361, venezolano, de 20 años de edad, soltero, de oficio latonero y pintor, hijo de Antonio José Montero y Clara Coromoto Veliz, con residencia en el sector Las Cabillas, calle 18 de 0ctubre sin numero, entrando por la panadería Caribe, primera calle a la izquierda, Cabimas Estado Zulia, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, lugar donde cumplirá dicha pena, y en consecuencia DECRETA el Cómputo de pena a Cumplir por el citado penado, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Pen.....