DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión en Flagrancia. SEGUNDO: Decreta las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 con ordinal 3 , al ciudadano: ADELSO JOSE PARRA BRICEÑO, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 28/05/1985, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.203.394, hijo de los ciudadanos SONIA BRICEÑO Y ADELSO PARRA, residenciado en el Barrio 7 de Enero, casa 2A-22, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículos 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las.....