DECISIÓN
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición propuesta de conformidad con lo establecido en el artículo 86, numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal, por la Abog. MARIA CRISTINA BAPTISTA BOSCAN, Jueza Suplente de Primera Instancia en Funciones de Juicio Sección Adolescente, del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se inhibe del conocimiento del asunto penal signado con el N° 1M-501-11, seguido al adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA conforme a los artículos 545 y 65 de la Ley Especial), por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS EN CALIDAD DE COAUTOR, previsto en el artículo 376 en concordancia con el artículo 374.1 ambos del Código Penal.....