Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Declara en Estado de ejecución la presente Sentencia y los respectivos cómputos de Ley, relacionado con el penado HENRY RENE AYALA CAMARGO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-20.814.451, venezolano, natural de Maracaibo-Estado Mérida, de 24 años de edad, de fecha de nacimiento: 29-10-1984, soltero, hijo de Marco Ayala y Graciela Camargo, residenciado en el Sector El Cruce, Municipio Jesús María Semprún, calle Quinta, casa S/N°, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Y por cuanto se observa que el penado de autos se encuentra recluido en el Centro de Arrestos de San Carlos del Estado Zulia, se acuerda ordenar su ingreso a la Cárcel nacional de Maracaibo, dond.....