DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera procedente en derecho DECRETAR LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL al Penado JUNIOR JOSE HERNANDEZ PERDOMO, venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 06/08/73, de 31 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° 12.307.083 ,hijo de Amada Perdomo y de José Hernández, residenciado en el Barrio Raúl Leoni Calle 73 Casa N° 73A-74 a cuatro cuadras del Deposito de Licores ¿Tonca¿ Estado Zulia, y ordena su comparecencia por ante este Tribunal, a los fines de que se de por notificado del cumplimiento a la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una CUARTA QUINTA (1/5) del tiempo de la condena, hasta que culmine.....