Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la demanda de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD intentada por la ciudadana WILLEIDYS ALEJANDRA SANCHEZ GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.725.767, domiciliada en el municipio Miranda del estado Zulia, actuando en su propio nombre y representación, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 238.246, en contra del ciudadano SALAH MKAREM, extranjero, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. E-84.281.921, domiciliado en el municipio Miranda del estado Zulia, y en beneficio de la niña SAHIRA ALEJANDRA MKAREM SANCHEZ, de 03 años de edad, de conformidad con el literal "c" del artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protecc.....