PRIMERO: Declarar con lugar la Redención por Trabajo y Estudio de la Pena, a favor del ciudadano FRANKLIN DE JESUS TAPIA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-15.464.593, de conformidad con lo previsto en el artículo 497 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 5 y 9 de la Ley de Redención Judicial de la Penal por el Trabajo y el Estudio; y en consecuencia se decreta el Computo de Pena con la Redención, tomando en cuenta el tiempo que tiene detenido, con la sumatoria del tiempo de redención da como resultado una Sumatoria de NUEVE (09) MESES, TRES (03) DIAS Y DOCE (12) HORAS, faltándole por cumplir el lapso de UN (01) AÑO, UN (01) MES Y DOCE (12) DÍAS, DOCE (12) HORAS, las cuales las cumplirá en el día veinticinco (25) de enero del año dos mil dieciocho (2018).