Este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley en consecuencia se declara: PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano JULIO JUNIOR LARA, natural de Maturín Estado Monagas, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.548.667, de estado civil soltero, de profesión u oficio: CHOFER, GRADO DE ISTRUCCION: BACHILLER, teléfono, NO POSEES, dirección, LA PUENTE BARRIO LA LUCHA CALLE 04, A UNA CUADRA DE LA ESCUELA FRANCISCO VERDE, hijo de: OMAIRA LARA (V) y de JULIO PEINADO (v), por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA tipo penal previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento y segundo aparte, con la agravante del 65 numeral 3°, y AMENAZA, previsto sancionado en le articulo 41, encabezamiento y primer aparte de la Ley Orgánica Sobre EL Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: ANNY MARA NARAVEZ ALEJANDRA, titular de la céd.....