Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, ordena rectificar el acta de Nacimiento No. 1218, de la ciudadana RAQUEL MARIA VILLALOBOS BRIÑEZ, asentada en fecha Treinta (30) de Noviembre de Mil Novecientos Setenta y Dos (1972), en los libros de Actas de Nacimiento que llevó para esa fecha la Parroquia Cacique Mara, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y que por duplicado lleva la Oficina del Registro Principal del Estado Zulia, en el sentido que se corrija en su contexto lo siguiente:
En su contenido donde se lee "veintiocho de Septiembre de Mil Novecientos Sesenta y Cuatro" debe leerse "veintiséis de Septiembre de Mil Novecientos Sesenta y Cuatro". Así se declara.