DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio con competencia en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECRETA. PRIMERO: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano PABLO RAFAEL HERNANDEZ HERNANDEZ (...), por INCUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES que le fueron impuestas, y por inasistencias Injustificadas a los Actos de realización del Juicio Oral y Público. En tal sentido, quien aquí decide considera necesario señalar que se evidencia que ciertamente están llenos los extremos de dichos artículos 236, 237, 238 y 240 del Código Orgánico Procesal Penal, y por remisión expresa del artículo 117 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión de un hecho punible que.....