En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Desalojo por Vencimiento del Término, interpuesta por el ciudadano LUIS ENRIQUE GONZÁLEZ SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-935.463, de este domicilio, contra la Sociedad Mercantil LA CATEDRAL DEL ROCK, C.A. inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, bajo el N° 38, Tomo 62-A,N° R.I.F. J-30228812-6, en fecha 27-10-2010, representada por su Director IVÁN ALEJANDRO MAGICIER URIBE, titular de la cédula de identidad N° 20.763.123, de este domicilio, asistido en este acto por su Defensor Judicial Abogado en ejercicio REINALDO JOSÉ ROSARIO MARCANO, Inpreabogado N° 206.926. SEGUNDO: Se condena a la demandada Sociedad Mercantil LA CATEDRAL DEL ROCK, C.A, a la desocupación y entrega inmediata de dos inmuebles constituidos por dos (02) locales comerciales, distinguidos con los números y let.....