es por lo que esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana Edda Suraima Páez Martinez, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.934.015, en beneficio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDAD. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana Edda Suraima Páez Martinez, antes identificada, para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes para la tramitación del Pasaporte que requiere la adolescente antes mencionada. Quedando entendido que la presente no autoriza a la adolescente en referencia a viajar fuera del país. Certifíquese copias de las presentes actuacio.....