Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal del CONVENIMIENTO, celebrada entre las partes en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, sigue, NURSE´S PLACE BOUTIQUE, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES BELIOT, C.A., en la persona de su Vice-Presidente, ciudadano GUSTAVO ENRIQUE MENDOZA, todos identifica¬dos en actas, en consecuencia, se homologa el presente convenimiento, dándole el carácter de cosa Juzgada, y se ordena el archivo el presente expediente.-
B) No hay condenatoria en costas por tratarse de un CONVENIMEINTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.-