Declara:
a) CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Partida del Acta de Nacimiento Nº 679, correspondiente a la adolescente MICHER ORIANA RUJANO VENEGAS, realizada por la ciudadana MARTHA REGINA VENEGAS DE RUJANO, por los motivos expuestos en la parte motiva de la presente decisión.
b) De conformidad con los artículos 17 y 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena Oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y al Registro Civil Principal del Estado Zulia, a los fines que se sirva estampar en el original y duplicado, de la Partida de Nacimiento Nº 679, correspondiente a la adolescente de autos, sin hacer alteración de la partida, y al margen de esta última una nota marginal señalando que al momento de presentar a su hija, se cometió el error material involuntario de asentar como nombre de la menor en cuestión MICHER con (R) al finalizar y no el de MICHEL con (L), como es y debe ser su ve.....