En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Extender El Reposo Domiciliario Al Acusado Leonardo Antonio Salazar Cabrera, ampliamente identificado en autos, y deberá cumplirlo en la siguiente dirección: Urbanización Villa Rosa, Vereda 75, Sector G, Casa 34-24, De Color Rosado, Diagonal A La Comisaría De Villa Rosa, Por Un Lapso De Ciento Veinte (120) Días, contados a partir del día de hoy, venciendo dicho reposo en fecha nueve (09) de septiembre de dos mil diez (2010), debiendo ser trasladado a la sede del Internado Judicial de la Región Insular, al día siguiente de su vencimiento, salvo que su estado de salud amerite un nuevo reposo, previamente sugerido por el médico tratante y ratificado por la medicatura forense, y a su vez, acordado por este Despacho Judicial; Todo de conformidad con.....