Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos DONACEL DONALDO CHAMORRO GONZÁLEZ y MILAGROS JOSEFINA ORDONEZ MORENO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad N° V-15.764.912 y V-20.779.976, domiciliados el primero de los nombrados en el municipio San Francisco y la segunda en el municipio Maracaibo, ambos en el estado Zulia, con números telefónico:0414-6540450 y 0424-6109698 respectivamente, con correos electrónicos. donacelchamorro@gmail.com ymilagrosordoñez@gmail.com y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha seis (.....