Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la Solicitud de Exequátur formulada por la ciudadana ALEJANDRA MARÍA FERRER FUENMAYOR, asistida por el abogado JOANLY FERRER FERRER, ya identificadas, y en consecuencia le concede Fuerza Ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia dictada en fecha 19 de mayo de 2012, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 93 de Madrid, España, el cual disolvió el vínculo matrimonial que existía entre los ciudadanos ALEJANDRA MARÍA FERRER FUENMAYOR y GIAN LUCA ZANGARINI, plenamente identificados en actas.
PUBLIQUESE. REGISTRESE. NOTIFÍQUESE. Déjese por Secretaría copia certificada de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la sala de De.....