PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Jueza Unipersonal Nº 2, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos JUAN CARLOS HURTADO GARCIA Y NANCY CECILIA MORENO ACUÑA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.891.310 y E- 81.941.399 respectivamente.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron los referidos ciudadanos por ante el Jefe Civil y secretario, respectivamente de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha treinta (30) de Marzo de mil novecientos noventa y seis (1996), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 64, expedida por la misma.
c) De conformidad con lo establecido .....