Por las razones de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÒN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud planteada por el Centro de Tratamiento Comunitario "Dra. NILDA LUCRECIA HERNANDEZ", Barquisimeto, Estado Lara, al penado ANDROMACO RICARDO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.722.232, venezolano, natural de Cabimas, de estado civil soltero, profesión u oficio Estudiante, mayor de edad, hijo de DEYANIRA HERNANDEZ y de JOSE MARTINEZ, residenciado en los Medanos, sector 01, vereda 03, casa Nº 08, Cabimas del Estado Zulia, quien fue condenado bajo sentencia Nº 006-05, de fecha 25-04-05, dictada por el Juzgado Cuarto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias .....