En el día hábil de hoy, 12 de Marzo de 2009, siendo las 2:13 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la apoderada judicial abogada Nellys Macho Romero en representación del demandante y COMPOSTELA HOGAR, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Mariana Carolina Hernández, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada, pagará el día 16/03/09 en la sede del Tribunal a el demandante la cantidad de dos mil bolívares fuertes (Bs.F. 2.000,00) con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, indemnización por despido injustificado, indemnización sustitutiva de preaviso, vacaciones fraccionadas, bono vacacional vencido, bono vacacional fraccionado, utilidades vencidas y utilidades fracciones. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada n.....