Por todos los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, SECCIÓN ADOLESCENTES, EXTENSIÓN CABIMAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, seguida a los jóvenes imputados IDENTIFICACIÓN OMITIDA (ARTÍCULO 545 LOPNNA), y la ciudadana ROSANGEL COROMOTO LOPEZ OLAVES, representante del PRESCOLAR "ANA SOTO", de conformidad con lo previsto en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al haber cumplido con las obligaciones pactadas en fecha 07-10-2009, en el lapso acordado para ello; y, SEGUNDO: SE ORDENA EL CESE de la MEDIDA CAUTELAR impuesta a los prenombrados imputados en fecha 05-11-2008, al momento de su presentación ante este órgano jurisdiccional, y contenida en el literal "b" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Ad.....