DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, al imputado CEN TING YA, de nacionalidad China, mayor de edad, Natural de Cantón, nacido en fecha 23-09-83, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.757.218, residenciado en la Calle Mariño, entre Zamora y Marcano, Local N° 7-71, Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, de conformidad con lo establecido en el derogado artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal. Y le fija un REGIMEN DE PRUEBA, por el lapso de NUEVE (09) MESES, a teno.....