DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR del recurso de apelación interpuesto por los abogados en ejercicio WANDA MORENO, YOHENDER FERNANDEZ y JESUS QUINTERO, en su carácter de defensores privados de los imputados CESAR AUGUSTO MALPICA GARCIA, titular de la cédula de identidad N° 23.487.736 y CARLOS JAVIER FRANCO, titular de la cédula de identidad N° 21.357.803,
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada.
Publíquese, regístrese y remítase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo, a los doce (12) días del mes de enero del año 2016. 205° de la Independencia y 156° de la Federación.