Esta Juzgadora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por el ciudadano ALBERTO RAFAEL LOPEZ HENRIQUEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-9.423.264. SEGUNDO: DECRETAR como CARGA FAMILIAR del ciudadano ALBERTO RAFAEL LOPEZ HENRIQUEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-9.423.264 al adolescente JAVIER JOSE LOPEZ HENRIQUEZ, de trece (13) años de edad, y pueda percibir, EN CASO DE SER PROCEDENTE, los beneficios correspondientes al seguro HCM, Becas Estudiantiles, útiles escolares y juguetes, así como seguro social y cualesquiera otro beneficio que cancele la CLINICA EL ESPINAL salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese originales de las presentes actuaciones a la parte interesada, y tantas copias ce.....