Es atendiendo a las Consideraciones que anteceden, y por virtud de las Normas Legales Citadas, que este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES Vía Ordinaria interpuesta por el ciudadano: Javier E. Adrián Tchelebi, abogado en ejercicio de este domicilio, con Cédula de Identidad N°.10.301.172, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.45.365, procediendo en este acto con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. (BANCO UNIVERSAL), contra sociedad mercantil RUIZ SIMOZA CONSTRUCCIONES, C.A. en su condición de emitente de los Pagaré y deudora principal, en la persona de su Presidente Miguel Antonio Ruiz Morales y a éste mismo ciudadano en su condición de Avalista de la emitente del pagaré objeto de la litis, todos suficientemente identificados en el encabezamiento de esta decisión. En consecuencia la demandada deberá cancela.....