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Decisiones del dia 11/11/2003

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Arismendi, Antolin del Campo y Gómez
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 987-03 N° Sentencia : Fecha: 11/11/2003
Procedimiento:
Rendición De Cuenta
Partes:
HERMES GOMEZ VASQUEZ V/S ORLANDO GOMEZ LUNA
Resumen:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la cuestiones previas opuesta en el escrito de oposición cursantes al folio 62 al 65 referente a “la ilegitimidad de la persona citada como representante del demandado, o como demandado por no tener el carácter que se le atribuye”, consagrada en el Art. 340 del Código de Procedimiento Civil Ordinal 4, por ser extemporáneas por anticipada. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada contemplada en el artículo 346 ordinal 6to del Código de Procedimiento Civil la cual se refiere a defecto de forma del Libelo de la demanda por no haber llenado estos requisitos de Ley establecidos en el Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil por cuanto la demanda no fue estimada en cantidad alguna, por ser extemporánea por anticipada.- TERCERO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la Parte Demandada contemplada en el artículo 346 ordinal 8to del Código de Procedimiento Civil la cual se refiere a .....
Juez/Ponente:
Vicente Ordaz
Organo:
Juzgado del Municipio Arismendi, Antolin del Campo y Gómez
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N° Expediente : 991-03 N° Sentencia : Fecha: 11/11/2003
Procedimiento:
Incidencia
Partes:
ORLANDO JOSE GOMEZ LUNA, TRINA ANES MARCANO, PABLO ACOSTA FERMIN, OMAIRA CARABALLO, JUSTA PASTORA NORIEGA DE CAMPOS, ROBERO NUÑEZ ARTEAGA Y VICTOR MARCANO V/S HERMES GOMEZ
Resumen:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la cuestiones previas consagrada en el Art. 346 del Código de Procedimiento Civil Ordinal 3° referente a la Ilegitimidad de la persona que se presente como apoderado o representante del actor por no tener capacidad necesaria para ejercer poderes en juicio por no tener la representación que se le atribuye, o porque el poder no este otorgado en forma legal o sea insuficiente.- SEGUNDO: Se declara SUBSANADA la cuestión previa del defecto de forma de la demanda por no haberse llenado en el libelo los requisitos que indica el 340 del Código de Procedimiento Civil, cuestión previa a la que se contrae el Ordinal 6° de Artículo 346 Ejusdem en concordancia con el Artículo 39 del Código de Procedimiento Civil .- TERCERO: Se declara CON LUGAR la cuestión previa opuesta por la Parte Demandada contemplada en el artículo 346 ordinal 8to del Código de Procedimiento Civil la cual se refiere a “la existencia de una cuestión prejudicial que deba resol.....
Juez/Ponente:
Vicente Ordaz
Organo:
Juzgado del Municipio Arismendi, Antolin del Campo y Gómez
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