IV
DISPOSITIVO CAUTELAR.
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NIEGA el Decreto de la Medida Cautelar de Secuestro solicitada por la parte actora en la presente causa en el juicio que por PARTICION Y LIQUIDACION DE COMUNIDAD CONYUGAL sigue la ciudadana BLEKIS SELENE RODRIGUEZ FERRER, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cedula de identidad Nro. V- 7.855.100, domiciliada en esta ciudad y municipio Maracaibo del Esta do Zulia, en contra del ciudadano El ciudadano RAUL ENRIQUE MURILLO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, comerciante, titular de la cedula de identidad Nro. V-23.148.386, domiciliado en el parcelamiento Sabaneta municipio Maracaibo del Estado Zulia, por los argumentos de hecho y de derecho antes esbozados.
SEGUNDO: No h.....