DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho antes expuestos, esta SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho LEOBERTO CHIRINOS, titular de la cédula de identidad N° 7.602.338, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 200.674, en su carácter de defensora del ciudadano ALBERTO BENITO VILCHEZ ALMARZA, LUGGI JOSE NAVA VILCHEZ y WILSON RAFAEL DIAZ ANGULO, titulares de la cédula de identidad N° 21.076.169, 20.726.457 y 23.718.474, respectivamente, contra la decisión N° 534-18, de fecha 21 de julio de 2018, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual entre otros pronunciamiento decreto la MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de.....