Por los fundamentos expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del Derecho ABOG. MIRILENA DEL CARMEN ARIZA, Defensora Publica Trigésima Séptima Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Publica del estado Zulia, actuando con el carácter de Defensora del ciudadano ENYELBERT JOSE SANCHEZ SANCHEZ. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nro 447-16, dictada en fecha 01 de Junio de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el referido órgano jurisdiccional decreto las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, previstas en los numerales 3 y 4 del articulo 242 del Codigo Organico Procesal Penal, al ciudadano ENYELBERT JOSE SANCHEZ SANCHEZ,.....