este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas LISBETH DEL VALLE ALFONZO, ZULYS FERMÍN, MARÍA EUGENIA ACUÑA, MARITZA CASTILLO Y MÓNIKA DEL CARMEN ALDREY, contra la empresa Sociedad Mercantil CENTRO MEDICO MANEIRO, C.A., ambos plenamente identificados. SEGUNDO: Se condena a la demandada pagar a las demandantes: LISBETH DEL VALLE ALFONZO, la cantidad de TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIÚN BOLÍVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. 39.821,40) más lo que resulte de los intereses sobre prestación de antigüedad, mora e indexación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión; ZULYS FERMÍN, la cantidad de CUARENTA MIL SESENTA BOLÍVARES CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 40.060,98) más lo que resulte de los intereses sobre p.....