DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, éste TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Nulidad ejercido por la ciudadana CARMEN BARRERA SILVA en contra el Acto Administrativo de efectos particulares emanado de la Inspectoría del Trabajo "Luís Homez" del Estado Zulia, consistente en Providencia Administrativa No. 99-13, de fecha 31 de octubre de 2013, mediante la cual se declaró CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACION DE FALTA Y AUTORIZACIÓN DE DESPIDO incoada por la entidad de trabajo PDVSA PETROLEO, S.A.
SEGUNDO: NOTIFÍQUESE al Inspector del Trabajo Jefe de la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, sede "Luís Homez", de conformidad con lo dispuesto en artículo 78 de la Ley Orgánica la Jurisdicción Contencioso Administrativa, acordando solicitarle la remisión.....