(...)por lo que SE DECRETE LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, al imputado: JHONNY ALFREDO VALLERA RONDÓN, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, fecha de nacimiento: 24-11-1976, de 32 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, Cédula de identidad N° V-14.568.255, hijo de los ciudadanos Carmen Rondón y de Valmore de Jesús Vallera (vivos), y con residencia en sector Los Haticos, Barrio Altamira, Calle 119, casa s/n, a una (01) cuadra de Abastos "La Favorita" (teléfono de su progenitora: 0424-617-31-18), Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 (460) del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EMER MARUGO, PORTE ILÍCITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 278 (hoy 277) del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218.1°, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO del.....