Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante YUMI ANTONIO REINA GRANADOS, quien fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 5.328.210, a los ciudadanos AURA SOFIA REINA OSORIO, PERLA ROCIO OSORIO JACOME y JIMMY ANTONIO REINA OSORIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad, Nros. 23.751.803, 5.325.887 y 23.751.804, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, dejándose a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvanse las actuaciones en original a la parte solicitante, así como también copias certificadas de la presente decisión.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE: Déjese copia certificada por Sec.....