Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
1. SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO decretada sobre un inmueble conformado por un local comercial, objeto del presente litigio, formulado por la representación judicial de la parte demandada ciudadana SIMONA DEL CARMEN MENDEZ DE CIOFANI.
2. SE RATIFICA LA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO decretada en fecha 21 de junio de 2017, sobre un inmueble constituido por un local comercial signado con el N° 11D, con una puerta santamaría y con un baño en común, situado en la planta baja del centro comercial Inversiones Bingo Reina, ubicado en la calle 100 del casco central también conocida como avenida Libertador, número 9-18 en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, qu.....