Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la inhibición planteada por el Abogado MANUEL ENRIQUE GUILLEN COVA, Juez Provisorio de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, de conocer el Asunto signado bajo el Nº OP01-P-2011-000054, seguido al acusado ciudadano DELIS RAFAEL MATOS CHAVEZ y LUIS MANUEL CAMARGO CAMARGO, a quien le fue celebrado Audiencia Preliminar, en fecha 15 de junio del año dos mil once (2011), ante el Tribunal en funciones de Control Nº 01 de este mismo Circuito Judicial Penal, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 149 Primer Aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en atención a lo previsto en el numeral 7 del artículo.....