El Tribunal en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara formalmente Embargados Preventivamente los conceptos antes señalados en los Numerales "1", "2", "3", "4", "5", "6" y "7" y advirtió al notificado de la obligación en que está de dar cumplimiento a lo ordenado en la presente Acta.