"PRIMERO: CON LUGAR LA RECONVENCIÓN, incoada por la ciudadana, MARIA AUXILIADORA ROBELO RIOS, venezolana, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad N° V-23.592.453, debidamente ASISTIDA por la ABG. NIEVES BELISARIO SERRANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 77.208, en contra del ciudadano, LUIS ROBERTO RODRIGUEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-11.231.151, debidamente ASISTIDO por las Abogadas MARIA GONZALEZ VELUTINI y YOLANDA LUGO, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros° 26.392 y 9.922 respectivamente, con fundamento en la causal tercera establecida en el artículo 185 del Código Civil, a los excesos, sevicia e injurias graves que hagan imposible la vida en común.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, incoada por el ciudadano, LUIS ROBERTO RODRIGUEZ PEREZ, en contra de la ciudadana, MARIA AUXILIADORA ROBELO RIOS, partes identificadas en el pres.....