ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Con Lugar la solicitud incoada por la abogada en ejercicio LIRIDA RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.781.247, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 157.132, domiciliada en la Urbanización Funda Colón, kilómetro 5, casa Nº 3-29, parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, actuando a favor del ciudadano encartado YERFRAN LUIS FUENTES OSPINO. En consecuencia, REVISA y EXAMINA la medida de coerción personal que le fue dictada en su oportunidad al precitado justiciable YERFRAN LUIS FUENTES OSPINO, quien dijo ser de nacionalidad colombiana, natural de San Bernardino del Viento Córdova, de la República de Colombia, de fecha de nacimiento 14/04/1992, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.708.183, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de ELIÉCER FUENTE.....