a) REPONER el presente juicio de Impugnación de Reconocimiento intentado por el ciudadano Gladys del Carmen Rondón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.664.758, en contra de los ciudadanos Lisbelky Chiquinquirá Sierra Urdaneta y Dilio José León Sierra, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.631.201 y V-10.676.839, respectivamente, en beneficio de la niña (Omitido artículo 65 LOPNNA), de doce (12) años de edad, al estado de que se practique la citación de la codemandada ciudadana Lisbelky Chiquinquirá Sierra Urdaneta, antes identificada, ordenada en el auto de admisión, para que contesten la demanda al quinto (5°) día de despacho siguiente, contado a partir de la constancia en actas de de haberse practicado su citación y la notificación de la presente sentencia a la parte actora, ciudadana Gladys del Carmen Rondón, antes identificado. Así se decide.-
b) La reposición ordenada no anula la boleta agregada en fecha 11 de mayo de 2012, donde consta.....