Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de MANDATO DE CONDUCCION en contra de las ciudadanas: YUSBELYS CHIQUINQUIRA MARTINEZ ZARATE, Cédula de Identidad N° V-25.404.641, DIANA CAROLINA BOSCAN Cédula de Identidad N° V-18.986.381, e INGRID ELENA NOEL, Cédula de Identidad N° V-13.174.836, quienes pueden ser ubicadas en Barrio La Polar, Calle 189 con Avenida 49 B, El Buda, Municipio San Francisco estado Zulia; para que sean llevadas por la fuerza publica hasta la sede de la Fiscalia 1° del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con fundamento en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que se ordena librar las correspondientes Boletas de MANDATO DE CONDUCCION