DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abogada PETRA MARGARITA AULAR, actuando con el carácter de defensora de los imputados JOHAN RUBEN BURGOS, MARLON ELEICER EPALZA GOMEZ y ESTEBAN ELIECER EPALZA GOMEZ, y SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 719-04 de fecha 04-05-2004 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los mencionados imputados, en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de RIÑA TUMULTUARIA, previsto y sancionado en el artículo 427 en concordancia con el artículo 415, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudada.....