Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara en los siguientes términos:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Sociedad Mercantil HOTEL MARUMA, C.A., en contra de la Providencia Administrativa No. 363, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo - Estado Zulia, en fecha 23 de septiembre de 2009, contenido en el expediente No. 042-2009-01-00846.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa No. 363, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo - Estado Zulia, en fecha 23 de septiembre de 2009, contenido en el expediente No. 042-2009-01-00846, mediante la cual declaró "...CON LUGAR LA SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS, incoada por el ciudadano: LUIS EDUARDO CRUZADO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de.....