Por ello, declara como UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de la de-cujus, ciudadana ALBA CECILIA ORDOÑEZ MEDERO, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.874.317, domiciliada en esta ciudad y municipio Maracaibo, fallecida ab-intestato el día treinta y uno (31) de diciembre de 2011, tal como se evidencia en la copia certificada del acta de defunción No. 004 expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Olegario Villalobos, a sus hermanas ADELA AUXILIADORA ORDOÑEZ DE CARABALLO y ADA IRENE ORDOÑEZ DE GONZALEZ plenamente identificadas ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. ASI SE DECLARA.